| 23/6/2010 |
| Nuevo sistema para la Generación de Bonos Ley 8480 |
| El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires desarrolló un nuevo mecanismo para generar este Bono que debe abonar el profesional al iniciar o contestar cualquier gestión judicial ante los Jueces o Tribunales de todos los fueros y ante la Administración Pública (art. 3 Ley 8480 TO Ley 10.596)... |
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Con este nuevo sistema, el abogado podrá hacerlo desde una computadora con acceso a Internet, imprimirlo y abonarlo en cualquier sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires o BaproPagos. O bien, luego de haberlo generado, podrá solicitar su impresión y cobro en el Colegio Departamental.
Pasos para la generación y pago del bono Ley 8480:
Ir al sitio: www.colproba.org.ar
Acceder a Generar Bonos.
Ingresar su Tomo, Folio y Depto. Judicial donde este matriculado.
Una vez en la pantalla de generación de bonos, deberá seleccionar el tipo de Bono (Verde o Azul), el Departamento Judicial donde presentara el Bono e ingresar la Caratula del Expediente.
Presionar GENERAR
Opción 1: Podrá imprimir el bono para abonar en cualquier sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires o BaproPagos. (Se recomiendo utilizar impresora laser para evitar problemas con la lectura del codigo de barras)
Opción 2: Sin necesidad de imprimirlo, podrá presentarse en el Colegio Departamental y solicitar la impresión y cobro del bono generado.
IMPORTANTE: No se aceptarán bonos completados a mano, con tachaduras o enmiendas. |
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